Los tribunales de justicia son aquellos órganos públicos cuya función consiste en resolver conflictos de relevancia jurídica que se susciten en el orden temporal y dentro del territorio de la República, con eficacia de cosa juzgada y eventual posibilidad de ejecución, sin perjuicio de cumplir actos de otra índole que las leyes que los organizan les puedan atribuir.
En materia de Derecho, un tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada.
No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar).
Tipos de Tribunales de Justicia
Según su composición se pueden distinguir dos tipos de tribunales de justicia:Tribunales unipersonales (aquellos cuyas resoluciones son dictadas por un solo juez) también llamados juzgados
Tribunales colegiados (aquellos que resuelven con pluralidad de jueces), propiamente tribunales y, en ocasiones, cortes.
Según la fase del procedimiento en que intervienen los tribunales son de dos tipos
Tribunales de instrucción: son aquéllos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal.
Tribunales sentenciadores: son aquellos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.
Del latín tribunal, el tribunal es el lugar destinado a los jueces para la administración de justicia y el dictado de sentencia . El término también permite nombrar al conjunto de jueces y ministros que ejercen la justicia.
Recuperado de : https://definicion.de/tribunal/
Douglas Medina
03 de Abril de 2020
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